La Corte declaró inconstitucional el cobro de Impuesto a las Ganancias a jubilados

La Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto a las Ganancias a los jubilados. Constituyeron el voto de la mayoría los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti.

Si bien el fallo tiene incidencia directa sobre un caso, fija un antecedente importantísimo para los tribunales de la seguridad social. El presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, volvió a quedar en minoría al defender los intereses del gobierno nacional.

La sentencia es de aplicación inmediata a María Isabel García, jubilada de la Caja de la provincia de Entre Ríos, quien en el año 2015 (tenía 79 años) promovió contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una acción con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la deducción que sufría todos los meses en su haber.

Además, genera un antecedente jurisprudencial importantísimo para los tribunales de primera y de segunda instancia del fuero de la seguridad social. Se cree que hay cerca de 300 mil jubilados que hoy sufren descuentos de Ganancias todos los meses que como consecuencia de este fallo se volcarán a los tribunales.

La decisión, contraria a los intereses de la administración pública, tiene un fuerte impacto político y económico para el Estado. Además, se concatena con otras resoluciones importantes adoptadas por la Corte recientemente, como el rechazo a las re-reelecciones de los gobernadores de La Rioja y Río Negro.

EL CASO

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que había declarado la invalidez del descuento y le había ordenado a la AFIP que reintegrara todo lo que había retenido hasta ese momento.

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